suministro de energía eléctrica en baja tensión para los distintos centro dependientes del Excmo. Ayuntamiento de Huescar
Alcaldía del Ayuntamiento de HuéscarNIF P1810000HDIR3 L01180981
Administración Local · Huéscar
Visto que tal y como establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico la producción de energía eléctrica se desarrollará en régimen de libre competencia, y son los consumidores de electricidad quienes eligen libremente a su suministrador. Visto que la contratación del suministro eléctrico se debe realizar en el mercado liberalizado a través de un comercializador, por ello, el Ayuntamiento de Huéscar, como consumidor de energía eléctrica, debe adjudicar a través del correspondiente procedimiento de contratación el suministro de energía, a fin de seleccionar al adjudicatario del suministro y la oferta que resulte económicamente más ventajosa. Visto que se emitió informe de Intervención sobre el porcentaje que supone la contratación en relación con los recursos ordinarios del presupuesto vigente. Visto que se emitió Informe por Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir y órgano competente para aprobar y adjudicar el contrato. Visto que con fecha 7 de marzo de 20108, mediante Resolución de Alcaldía, se aprobó el expediente de contratación junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas para la adjudicación del contrato de suministro de energía eléctrica, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Visto que con fecha 27 de junio de 2018, se publicó anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en el Perfil del contratante, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones. Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el expediente. Visto que con fecha 17 de Julio de 2018, se constituyó la Mesa de contratación, órgano competente para la valoración de las proposiciones, y ésta realizó propuesta de adjudicación a favor de la empresa AURA ENERGIA S.L., Visto que se requirió al licitador que presentó la oferta económicamente más ventajosa para que presentara la documentación justificativa a que hacen referencia los artículos 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y, además, que dispone de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Adjudicación
Datos administrativos
Económico
- Presupuesto base
- 206.942,97 €
- Presupuesto total
- 250.401,00 €
Plazos
- Publicación
- 27 jun 2018
- Límite presentación
- 12 jul 2018
- Duración
- 1 mes
Ubicación
- CCAA
- Andalucía
- Provincia
- Granada
- NUTS
- ES614
Clasificación
- CPV principal
- 09000000Derivados del petróleo, combustibles, electricidad y otras fuentes de energía
- Procedimiento
- Abierto
- Subtipo
- Elaboración de proyectos y dirección de obras
- Tramitación
- Ordinaria
- Supera el umbral UE
- No
- Fuente
- PLACSP
Requisitos del pliego
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