Suministro de combustible de automoción y servicio de pago de peajes, de la Conselleria de Emergencias e Interior, basado en el AM 5/22CC para la contratación centralizada del suministro de combustible de automoción y servicio de pago de peajes para vehículos de la Administración de la Generalitat, su Sector Público Instrumental y Entidades adheridas.
Conselleria de Emergencias e InteriorNIF S4611001ADIR3 A10002983
Comunidad Autónoma · Valencia
PRIMERO. El artículo 116.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), que dispone que la celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de esta Ley. SEGUNDO. Los artículos 219 a 222 de la LCSP, reguladores de los acuerdos marco, configurados como uno de los sistemas de racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas. TERCERO. El artículo 36.3 de la LCSP, a cuyo tenor: “los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, se perfeccionan con su adjudicación”. CSV:B9435245:PK1HICES:YB6XD5EC URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=B9435245:PK1HICES:YB6XD5EC CUARTO. El artículo 153 de la LCSP, que señala que los contratos que celebren las Administraciones Públicas deberán formalizarse en documento administrativo. No obstante, en los contratos basados en un acuerdo marco no resultará necesaria la formalización de este. QUINTO. El artículo 154.4 de la LCSP, relativo a la publicación de la adjudicación de los contratos basados en un acuerdo marco. SEXTO. El Título III del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del Acuerdo Marco 5/22CC para la contratación centralizada del suministro de combustible de automoción y servicio de pago de peajes para vehículos de la administración de la Generalitat, su sector público instrumental y entidades adheridas, mediante sistema de pago a través de tarjetas de banda magnética o similar y dispositivos electrónicos Vía T. SÉPTIMO. El artículo 44 de la LCSP, del que se desprende que este contrato basado no es susceptible de recurso especial en materia de contratación. OCTAVO. El artículo 58 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, que enumera las fases de ejecución del presupuesto de gastos. NOVENO. La Orden 18/2023, de 28 de diciembre de 2023, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable de la Generalitat Valenciana en el ámbito del sistema NEFIS. DÉCIMO. El artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell que atribuye a los consellers, entre otras, las siguientes funciones: k) Disponer los gastos propios de los servicios de su Conselleria dentro de los límites legales y presupuestarios y la ordenación de pagos correspondientes. l) Ejercer las facultades ordinarias en materia de contratación administrativa dentro de los límites legales presupuestarios. Y de conformidad con lo dispuesto Decreto 33/2024, de 21 de noviembre, de la Presidencia de la Generalitat, por el que se disponen los ceses y los nombramientos de las personas titulares de determinadas consellerias de la Generalitat, entre ellos, el del titular de la conselleria de Emergencias e Interior.
Adjudicación
Datos administrativos
Económico
- Presupuesto base
- 12.000,00 €
- Presupuesto total
- 14.520,00 €
Plazos
- Publicación
- 28 mar 2025
- Duración
- 2 meses
Ubicación
- CCAA
- Comunidad Valenciana
- Provincia
- Valencia
- NUTS
- ES523
Clasificación
- CPV principal
- 09132000Gasolina
- Procedimiento
- Abierto
- Subtipo
- Servicios de mantenimiento
- Tramitación
- Ordinaria
- Presentación electrónica
- Sí
- Supera el umbral UE
- No
- Fuente
- PLACSP
Requisitos del pliego
Solvencia económica y técnica, clasificación y certificaciones exigidas, resumidas del pliego.
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