El objeto del contrato es la prestación del servicio de tratamiento fitosanitario para el control de la procesionaria del pino (Thaumetopoea pityocampa) en los ejemplares situados en las zonas verdes gestionadas por la Empresa Municipal de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil, S. A. (EGEMASA)
Gerencia de la Empresa de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil, S.A.NIF A14592380
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Id licitación: EXP_2026_11; Órgano de Contratación: Gerencia de la Empresa de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil, S.A.; Importe: 8500 EUR; Estado: PUB
Datos administrativos
Económico
- Presupuesto base
- 8500,00 €
- Presupuesto total
- 10.285,00 €
Plazos
- Publicación
- 23 oct 2026
- Límite presentación
- 9 nov 2026
- Duración
- 12 meses
Ubicación
- CCAA
- Andalucía
- Provincia
- Córdoba
- NUTS
- ES613
Clasificación
- CPV principal
- 77231200Servicios de control de plagas forestales
- Procedimiento
- Normas internas
- Subtipo
- Servicios financieros
- Tramitación
- Ordinaria
- Presentación electrónica
- No
- Fuente
- PLACSP
Requisitos del pliego
Resumimos con IA la solvencia, la clasificación y las certificaciones que exige el pliego.
Criterios de adjudicación
Total 100 puntosCO1: Precio total
AutomáticoPrecio (fórmula)Se dará mayor puntuación a la oferta con la cifra más baja de las ofertas válidamente emitidas. El cálculo del resto de puntuaciones se hará de acuerdo con la siguiente fórmula redondeándose de conformidad con los criterios fijados en el pliego modelo. Si la cifra oferta coincide con el PBL/presupuesto máximo, la puntuación será 0
90ptsCO2 Prestación de tratamiento posterior
AutomáticoOtros (fórmula)Se dará la puntuación prevista para este criterio a la empresa que ofrezca la denominada prestación de tratamiento posterior, por la cual, si tras realizar el tratamiento inicial, se detecta presencia de orugas de procesionaria en alguna zona de las previamente tratadas, la entidad se compromete a efectuar un nuevo tratamiento donde proceda. La presencia de procesionaria deberá ser constatada por el responsable del contrato o técnico designado por EGEMASA. La mejora comprenderá una actuación adicional de refuerzo durante la correspondiente campaña sobre los ejemplares o zonas afectadas, cuando resulte técnicamente procedente y compatible con las condiciones de autorización del producto utilizado. La técnica y producto utilizados deberán estar técnicamente justificados y cumplir la normativa fitosanitaria vigente. Ofertar este criterio comprenderá una actuación adicional por campaña, sin coste alguno para EGEMASA, incluyendo personal, producto, maquinaria, desplazamientos, señalización y documentación.
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