Contrato de servicios para la realización de actividades extraescolares municipales en centros educativos para la conciliación familiar y laboral del distrito Moncloa-Aravaca
Distrito de Moncloa-AravacaNIF P2807900BDIR3 LA0000770
Administración Local · Madrid
Id licitación: 300/2026/02591; Órgano de Contratación: Distrito de Moncloa-Aravaca; Importe: 690068.6 EUR; Estado: PRE
Datos administrativos
Económico
- Presupuesto base
- 690.068,60 €
- Presupuesto total
- 759.075,46 €
Plazos
- Publicación
- 21 oct 2026
Ubicación
- CCAA
- Madrid
- Provincia
- Madrid
- NUTS
- ES300
Clasificación
- CPV principal
- 80000000Servicios de enseñanza y formación
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinaria
- Presentación electrónica
- No
- Fuente
- PLACSP
Requisitos del pliego
Solvencia económica y técnica, clasificación y certificaciones exigidas, resumidas del pliego.
Regístrate para ver los requisitosCriterios de adjudicación
Total 35 puntosPrecio de la oferta
AutomáticoPrecio (fórmula)La valoración de este criterio se efectuará en función de un porcentaje de baja independiente para cada uno de los precios unitarios recogidos en el apartado 5 del PCAP. Los licitadores deberán indicar en su proposición económica un porcentaje de baja independiente para cada uno de los precios unitarios recogidos en el apartado 5 del PCAP, expresado con un máximo de dos decimales. La puntuación se calculará de forma independiente para los perfiles de coordinador/a, monitor/a y auxiliar de servicios generales. En cada perfil, la oferta con el mayor porcentaje de baja obtendrá la puntuación máxima establecida para dicho perfil y las ofertas que no incluyan reducción alguna sobre el precio unitario de licitación obtendrán 0 puntos. Las restantes ofertas se valorarán proporcionalmente mediante la siguiente fórmula:6 Pi = Pperfil. x (Bi / Bmax) Siendo: Pi: Puntuación de la oferta que se valora. Pperfil: puntuación máxima asignada al perfil objeto de valoración. Bi = Baja de la oferta que se valora en %. Bmax: Baja de la oferta más económica en % La puntuación total del criterio económico será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los perfiles. La puntuación se calculará redondeando al segundo decimal. En caso de que, una vez aplicado este redondeo, resulte igual puntuación para ofertas económicas con porcentajes de baja diferentes, se aumentará el número de decimales a redondear hasta que no exista empate en las puntuaciones entre ofertas económicas distintas. La puntuación máxima para cada perfil se ha establecido atendiendo al peso presupuestario del mismo en el contrato. La fórmula utilizada no incluye un factor matemático corrector, prioriza las ofertas más económicas, se ajusta a lo dispuesto en el Art. 150 de la LCSP y a lo manifestado en esta materia por los distintos órganos consultivos de Contratación tanto del Estado como de Comunidades Autónomas en el sentido de que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Así pues, la fórmula mantiene un carácter no desproporcionado
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