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ResueltaServiciosExp. 29450/2026

Concesión de servicios para la explotación de la cafetería de la Sede Institucional de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC)

Rectorado de la Universidad de Las Palmas de Gran CanariaNIF Q3518001GDIR3 U00000027

Otras · Las Palmas de Gran Canaria

Canarias · Las Palmas0,00 €Cierra 4 ago 2026

Id licitación: 29450/2026; Órgano de Contratación: Rectorado de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria; Importe: 0 EUR; Estado: RES

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Adjudicación

Adjudicatario no disponible
Fecha 2 oct 2026Ofertas recibidas 1

Datos administrativos

Económico

Presupuesto base
0,00 €
Presupuesto total
0,00 €

Plazos

Publicación
7 jul 2026
Límite presentación
4 ago 2026
Duración
36 meses

Ubicación

CCAA
Canarias
Provincia
Las Palmas
NUTS
ES705

Clasificación

CPV principal
55330000Servicios de cafetería
Procedimiento
Restringido
Tramitación
Ordinaria
Presentación electrónica
No
Fuente
PLACSP
55410000 · Servicios de gestión de bares

Requisitos del pliego

Resumimos con IA la solvencia, la clasificación y las certificaciones que exige el pliego.

Criterios de adjudicación

Total 100 puntos
  • Criterio 2.- Disponibilidad permanente de productos alternativos para intolerancias o necesidades alimentarias específicas

    AutomáticoOtros (fórmula)

    Ver cláusula 12.1.2 del PCAP: Se valorará el compromiso de mantener de forma permanente durante toda la ejecución del contrato referencias específicas aptas para personas con intolerancias o necesidades alimentarias concretas, tales como productos sin gluten, sin lactosa, sin sacarosa, bebidas vegetales, etc. Se otorgarán 5 puntos por cada referencia ofertada hasta un máximo de 20 puntos En la oferta se deberá identificar de forma concreta las referencias comprometidas o, al menos, su tipología.

    20pts
  • Criterio E2.- Reducción porcentual uniforme sobre las tarifas máximas para todos los productos del Anexo B del PPT.

    AutomáticoOtros (fórmula)

    Ver Cláusula 12.1.1 del PCAP. (Criterio 2): Cada licitadora ofertará un único porcentaje de baja aplicable a la totalidad de los precios máximos de los productos del Anexo B del PPT La máxima puntuación se otorgará a la mayor baja ofertada válidamente admitida, y el resto de ofertas conforme a la fórmula indicada en la mencionada cláusula. En caso de no ofertarse baja alguna, la puntuación será 0 puntos. La baja ofertada deberá aplicarse de forma uniforme a todos los productos del Anexo B. No se admitirán ofertas que establezcan bajas parciales o diferenciadas por productos dentro de este criterio.

    24pts
  • Criterio 3.- Sistemas de pago electrónico

    AutomáticoOtros (fórmula)

    Ver cláusula 12.1.2 de PCAP: Se valorará la oferta que incorpore sistemas de pago electrónico para los clientes de la cafetería de la siguiente manera: - Disponibilidad de sistemas de pago mediante dispositivos móviles (Apple Pay, Google Pay, Bizum o equivalentes): 5 puntos. - Disponibilidad de pago mediante tarjeta bancaria de débito y/o crédito: 10 puntos.

    15pts
  • Criterio 1.- Incremento del número de productos de proximidad, de temporada o de circuito corto de comercialización sobre el mínimo exigido en el PPT

    AutomáticoOtros (fórmula)

    Ver cláusula 12.1.2 del PCAP: Se valorará el compromiso de mantener durante toda la ejecución del contrato un número adicional de productos de proximidad, de temporada o de circuito corto, por encima del mínimo obligatorio de dos, previsto en el punto 5.4 del PPT. Se otorgarán 2 puntos por cada producto adicional ofertado hasta un máximo de 16 puntos. En la oferta deberá identificar los productos comprometidos o su tipología.

    16pts
  • Criterio E1: Canon anual

    AutomáticoOtros (fórmula)

    Ver Cláusula 12.1.1 del PCAP. (Criterio 1). La máxima puntuación la obtendrá la mayor oferta económica de las admitidas y la mínima puntuación la obtendrá la oferta económica que coincida con el canon mínimo anual de 3.000 euros. Las proposiciones que se presenten por debajo del canon señalado, serán automáticamente objeto de exclusión del procedimiento. Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que sean superiores en más de 15 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas válidamente presentadas. Y para el caso de que haya una única licitadora se considerará desproporcionada la oferta superior en más de 25 unidades respecto al canon inicial.

    25pts

Documentos (14)